La actividad dinámica del Comercio Exterior actualmente afronta cambios trascendentes debido al nuevo orden económico internacional lo que implica una serie de reajustes estructurales en el ámbito mercantil y jurídico, los mecanismos de procedimiento obedecen a un riguroso control propio del sistema proteccionista en oposición al libre mercado. Por tanto, urge dar un giro de la plataforma de oportunidades del comercio de mercancías, sin necesidad de incurrir en ilícitos el comercio puede ser bien aprovechado en beneficio del país y de la sociedad en general. De ahí, las sugerencias del público lector la de priorizar publicaciones de temas esencialmente de Comercio Exterior que permita a los operadores estar informados con conocimiento de causa. René Barrera Ojeda creador del blog COMERCIO INTERNACIONAL Y ADUANAS anuncia a su público que a partir del mes próximo saldrá al aire con visión renovada.
El mundo y la actualidad del Comercio Internacional y Aduanas, al servicio de los operadores de comercio exterior, docentes académicos, estudiantes universitarios y profesionales vinculados a la actividad comercial.
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martes, 6 de junio de 2017
jueves, 2 de abril de 2015
COMERCIO INTERNACIONAL Y ADUANAS Teoría y Práctica-Comentado
¡EL
LIBRO EN EL SIGLO XXI...!
La
sociedad humana evolucionó a pasos gigantes gracias al avance de la ciencia y
la tecnología, la ciencia informática incursionó en todos los ámbitos del
conocimiento humano, y por cierto es imposible resistirse a tales cambios
porque de lo contrario sería subsumirse en la postergación.
Contar
con un libro es siempre estar acompañado de un amigo que habla en silencio, que
enseña a razonar, a pensar diferente que colma de satisfacción espiritual; y,
este amigo el "LIBRO" puede estar presentado de diversas formas como
ser en impreso, en medios visuales, auditivos, digital o magnético y otros.
El
libro Digital es uno de ellos dispuesto a brindar al lector las bondades que la
informática le ha proporcionado y pone al alcance de las personas que deseen
superarse intelectualmente y diversificar su profesión para acceder a mayores
posibilidades de éxito en el ámbito laboral. El estudiar no admite excusas sólo
requiere interés y la voluntad de hacer real lo que se tiene en mente, sin
importar los medios en que esté presentado el amigo LIBRO.
lunes, 20 de febrero de 2012
LIBERTAD DE COMERCIO PRINCIPIO FUNDAMENTAL
Es evidente
a estas alturas del tiempo pensar que el comercio es el común denominador de la
economía mundial, lo que no es lo mismo que el comercio sea el único factor
común, el comercio mundial de bienes y servicios implica una serie de
compromisos adquiridos en el marco de la Organización Mundial de Comercio mediante
Acuerdos suscritos entre los países Miembros. Sin embargo la realidad del
comercio mundial pasa por una serie etapas en distintos escenarios, la realidad
es otra a la hora de ejercer las prácticas comerciales de importación,
exportación y operaciones de logística internacional. Es un error pensar que la
OMC signifique “libre comercio” es un sistema Multilateral de Comercio que
promueve los principios básicos para que el comercio internacional entre los
países sea fluido y transparente sin trabas ni obstáculos. Los principios fundamentales
de la OMC son los mismos que propusieron los países Miembros mediante Acuerdos suscritos
en diferentes áreas.
La libertad
de comercio es un principio fundamental inviolable así como un derecho humano universal
inviolable, convencidos estamos que el comercio lícito es una actividad que genera
la economía nacional e internacional a través del intercambio de bienes y
servicios, el comercio mueve el mundo genera fuentes de empleo directo e
indirecto, las trabas o trámites burocráticos y las normas innecesarias violan
ese derecho.
“Stricto
sensu” el Acuerdo significa adquirir derechos y obligaciones por parte de los
países Miembros y “pacta sunt servanda”, el incumplimiento es violar los
principios rectores de la Organización Mundial de Comercio.
Facilitación del comercio
internacional
Las normas
excesivas justifican la inaplicabilidad y obstaculizan la dinámica del comercio
internacional, no coadyuvan a la
facilitación del comercio. Entiéndase la libertad de comercio como un derecho sustantivo en tanto que la
facilitación al comercio es el derecho
adjetivo plasmada en las normas internas de los países Miembros.
El comercio
requiere “seguridad jurídica”, es decir, Previsibilidad,
otro de los derechos sustantivos de la OMC que lamentablemente está siendo vulnerado,
a pesar de que en los Procesos de Integración Económica se hallan previstos. El
comercio legalmente establecido de bienes y servicios contribuye al desarrollo y
la estabilidad económica del país, por ello debe brindárseles como un legítimo
derecho con normas claras y posibles de ser cumplidas.
Se ha
comprobado otro de los fenómenos que viola la libertad de comercio es la “burocracia”
que tiene su origen en la excesiva carga de la gestión pública por lo que
muchos trámites en las aduanas de destino requieren de una Certificación o Autorización Previa de mercancías antes de la
desaduanización de mercancías. La norma jurídica prevé un plazo para la emisión
de una “certificación” por parte de la autoridad competente, esta no se cumplen
es lo mismo que la imprevisibilidad aún más peligroso porque induce a la
corrupción (delito de orden público, cohecho activo y cohecho pasivo).
Procuremos un
comercio exterior sin trabas innecesarias donde administrados y administradores
seamos responsables y luchemos juntos contra el comercio ilegal.
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